El Ayuntamiento de Zaragoza ha anunciado el inicio de los trámites para la aprobación de una nueva ordenanza cívica.
Este tipo de ordenanzas suelen ser fuente de litigios, ya que en ocasiones las infracciones no están correctamente tipificadas o justificadas, vulneran derechos constitucionales o entran en el terreno competencial de otras administraciones.
Al día de la fecha el proyecto de dicha ordenanza aún no ha sido publicado y se desconoce el detalle de la regulación propuesta.
Mientras tanto, se pueden repasar ejemplos de algunas anulaciones de estas ordenanzas para conocer cuales son los limites de la regulación.
Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Valladolid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia de 8 de octubre de 2013 (Ponente: Zatarain Valdemoro, Francisco Javier – Nº de Sentencia: 1692/2013 – Nº de Recurso: 669/2012).
Esta Sentencia anula parcialmente la Ordenanza de Protección de la Convivencia Ciudadana y Prevención de Actuaciones Antisociales del Ayuntamiento de Valladolid.
La Sentencia considera que se incurre en una vulneración del derecho a la libertad de expresión por los preceptos que supeditan a autorización municipal toda forma de propaganda o publicidad, así como la colocación de pancartas en la vía pública o en los edificios.
También constituye infracción de la competencia autonómica por el artículo que prohíbe cazar, matar o maltratar pájaros u otros animales en parques y jardines, y por el que tipifica como infracción la conculcación de dicha prohibición.
También se incurre en una violación del principio de la libertad de la persona por el precepto que prohíbe cualquier forma de mendicidad en las vías y espacios públicos.
Finalmente, anula cuestiones relativas a la vestimenta.
Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Valladolid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia de 30 de enero de 2012 (Ponente: Zatarain Valdemoro, Francisco Javier – Nº de Sentencia: 134/2012 – Nº de Recurso: 533/2011).
Esta Sentencia declara la nulidad de pleno derecho de ciertos preceptos de la Ordenanza municipal de Convivencia Ciudadana y Prevención de Actos Vandálicos del Ayuntamiento de Zamora.
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 4ª, Sentencia de 26 de mayo de 2023 (Ponente: Pastor Delas, Estefanía – N.º de Sentencia: 246/2023 – N.º de Recurso: 142/2022).
Esta Sentencia acuerda la nulidad de varios preceptos de la Ordenanza de Convivencia Cívica en el término municipal de Alicante dado que la memoria de impacto por razón de género se realiza de forma escueta e incompleta, careciendo de un análisis en lo que respecta a la situación en el ámbito donde la norma va a desplegar sus efectos que equivale a la inexistencia del trámite.
Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 6ª, Sentencia de 14 de febrero de 2013 (Ponente: Conde Martín de Hijas, Vicente – Nº de Recurso: 4118/2011.)
En este caso, el Tribunal Supremo anula la Ordenanza del Ayuntamiento de Lleida en relación con la prohibición del velo integral.
Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 4ª, Sentencia de 9 de mayo de 2016 (Ponente: Cudero Blas, Jesús – Nº de Sentencia: 1013/2016 – Nº de Recurso: 3860/2013)
El Tribunal Supremo entiende contraria a derecho la Ordenanza de Convivencia y Prevención de Actuaciones Antisociales del Ayuntamiento de Valladolid en relación con la prohibición de permanecer “semidesnudo” en espacios y vías públicas, al tratarse de un concepto indeterminado necesitado de mayor concreción, dada la evolución de costumbres en lo que a la forma de vestir se refiere.
Tribunal Superior de Justicia Castilla y León de Valladolid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 3ª, Sentencia de 23 de marzo de 2017 (Ponente: Lallana Duplá, María Antonia – Nº de Sentencia: 349/2017 – Nº de Recurso: 48/2016)
En este caso, el Tribunal anula parte de la ordenanza del Ayuntamiento de Salamanca en relación con algunas previsiones relativas a las despedidas de soltero.
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 5ª, S de 18 de septiembre de 2019 Ponente: Puig Muñoz, Elsa – N.º de Sentencia: 714/2019 – N.º de Recurso: 401/2016.
En este caso, las Ordenanza de civismo examinada es las del Ayuntamiento de Reus (Tarragona). La Sentencia decreta la nulidad del precepto que prohíbe la mendicidad y la tipifica como infracción leve por falta de cobertura legal. La prohibición absoluta de ejercer la mendicidad traspasa la competencia sancionadora reconocida a los municipios en el art. 139 LBRL, justificada en el orden de las relaciones de convivencia y del uso de los servicios y espacios públicos. Asimismo, establece la nulidad del precepto que prohíbe ir por la vía o los espacios públicos parcialmente desnudo.
