PROPOSICIÓN DE PRUEBA EN EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS SANCIONADORES

La Sentencia de la sala tercera del Tribunal Supremo de 24 de noviembre de 2025 (rec.5958/2023) ha establecido doctrina en relación con la proposición de prueba en expedientes administrativos sancionadores tributarios.

La Sentencia establece lo siguiente:

1) Constituye causa de invalidez de la resolución sancionadora en materia tributaria la circunstancia de que el órgano competente para imponer una sanción tributaria no se pronuncie de modo expreso sobre la solicitud de prueba de descargo, pretendida tempestivamente por el interesado en el procedimiento, sin justificar ni motivar el rechazo o la denegación de su práctica.

 2) La sanción así impuesta, prescindiendo total y absolutamente de eventuales pruebas de descargo propuestas, que habría podido valorar el órgano sancionador, vulnera el derecho fundamental a utilizar los medios de prueba pertinentes para la defensa y, en relación con dicho derecho, a la presunción de inocencia ( art. 24.2 Constitución Española ).

 3) Dada la naturaleza de las infracciones advertidas y verificado que lesionan los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional que se han mencionado, la sanción así adoptada es nula de pleno derecho ( art. 217.1.a) LGT ) y, por tal razón, insusceptible de subsanación o convalidación en procedimientos o procesos posteriores.