Multas en el recurso especial en materia de contratación
Las multas que se pueden imponer en el recurso especial en materia de contratación deben venir precedidas de un procedimiento garantista y no pueden ser impuestas de plano.
Las multas que se pueden imponer en el recurso especial en materia de contratación deben venir precedidas de un procedimiento garantista y no pueden ser impuestas de plano.
La reclamación de facturas a la administración cuando no existe un contrato administrativo no debe tramitarse como inactividad, de conformidad con una reciente Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
El Tribunal Supremo ha establecido que por cada factura incursa en mora, la administración debe pagar además de los intereses, 40 € en concepto de costes de cobro.